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viernes, 25 de octubre de 2013

La sentencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo sobre la Doctrina Parot.


Representación de la Declaración de los Derechos del Hombre de 1789.
La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son estrictamente y evidentemente necesarias; y nadie puede ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789, art. VIII.

Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito
Artículo 11.2. de la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Idem: Artículo 7.1. del Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de 1950.
                         


Lo primero que hay que decir es que no se puede poner un persona no víctima en la piel de una víctima. No se puede sentir lo mismo.

Por otra parte el no ser víctima puede hacer que, quien opina sea más ecuánime, porque no se tiene ni daño ni beneficio por esta sentencia.

Por lo tanto voy a exponer lo que yo he visto y pensado desde el máximo respeto a las personas que han sido víctimas de algún tipo de terrorismo o de otro tipo de delitos graves.

La Doctrina Parot

Hay varios aspectos en la derogación por el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Por una parte, según la sentencia, lo que se ha producido es aplicar una ley de forma retroactiva. La gente que ha sido juzgada en virtud de un Código Penal, se le han aplicado medidas no recogidas allí.

El Código Penal era de 1973, o sea de la época de Franco. Este Código Penal estaba concebido para la rehabilitación, reinserción y la redención de pena por trabajos. En él se podía redimir un día por cada dos de trabajo. Además se limitaba una duración máxima la privación de libertad de treinta años.

Hasta 1995 no se cambió por lo que se llamó el Código Penal de la Democracia. O sea diecisiete años después de ser aprobada la Constitución Española.

En la Constitución Española el artículo 25.2 dice:
    Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.
Voy a partir de una cosa que dice. La cárcel además de ser un castigo tiene un fin la reeducación y la reinserción de los delincuentes en la sociedad.

Muchos de los terroristas de ETA fueron juzgados por el Código de 1973. O sea estaban en plenitud de derechos de redención de penas por el trabajo y de reducción de la privación de libertad por el trabajo.

En el transcurso de los años desde las condenas, tanto PSOE y AP que ahora es el PP, se dieron cuenta que al cabo de unos 20 años, estos terroristas de ETA saldrían de la cárcel. La cosa no fue urgente hasta principio de la década pasada.

En 1995 se hizo, como queda dicho arriba, un nuevo Código Penal que, evidentemente, no se podía aplicar a los casos ya juzgados. Desde entonces han gobernado tanto el PP como el PSOE y no encontraron medio legal de impedir las puestas en libertad de estos condenados. Pero por otra parte no se atrevían que se les pusiera en libertad durante sus respectivos turnos de gobierno.

En 2006, cuando ya se aproximaba el tiempo de puestas de libertad, el PP y el PSOE se pusieron de acuerdo para que el Tribunal Supremo, donde ambos suman mayoría de miembros propuestos por ellos, introdujese la Doctrina Parot. Según ello, los beneficios penitenciarios pasaron a aplicarse sobre el total de las penas impuestas y no sobre el cumplimiento efectivo de las mismas, que nunca podían exceder de los 30 años.

Esta modificación fue recurrida ante el Tribunal Constitucional, donde la mayoría de los miembros vienen propuestos  por el PP y el PSOE; como es normal por su composición, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso.

Esta forma de entender el cumplimiento de la pena va contra los Derechos Humanos. No se puede endurecer una pena de cárcel a posteriori y, cuando estos presos cometieron sus horribles crímenes, el Código Penal español era el que era. Lo máximo que se podía estar en la cárcel eran 30 años y sobre ese plazo se aplicaban los beneficios penitenciarios.

Tanto el PP como el PSOE sabían que la Doctrina Parot el Tribunal de Estrasburgo se la iba a echar abajo. Por lo que creo que han respirado, se les ha quitado una carga de encima. Un tribunal exterior superior exterior les obliga a poner en libertad a estos condenados. No importa lo que digan ahora de cara a la galería.

Los agitadores

Hay muchas críticas realizadas por agitadores profesionales. Unos echan la culpa al anterior gobierno del PSOE porque nombró un juez, Luis López Guerra, para ser magistrado de ese tribunal. Ese argumento carece de valor, porque los tres considerandos de la sentencia han sido votados favorablemente por los 17 jueces con los siguientes resultados,17-0, 16-1 y 15-2. También acusan al PP, estos agitadores, el no haber sustituido a ese juez por otro más favorable a las tesis de los defensores de la Doctrina Parot. Creo que si el PP no lo cambió fue porque sabía que iba a servir para nada y no le valía la pena nombrar uno nuevo.

Además hay otro argumento contra esa acusación. Luis López Guerra fue nombrado en 2007, o sea hace seis años. Esos agitadores tan críticos consideran que Rodríguez Zapatero era casi un adivino, pues sabía que en 2013 se iba a debatir y dictar esta sentencia.

Un argumento que se puede usar contra las críticas que se están haciendo contra el Tribunal de Derechos Humanos, del que se dice que es político, que es ilegal y muchas cosas más, es que avaló la Ley de Partidos Española. Entonces todos esos que critican al Tribunal, dijeron que era ponderado y justo. O sea que cuando la sentencia les ha servido, cuando ha dictaminado de acuerdo con sus ideas,  era un órgano justo y cuando ahora es contrario a lo que ellos consideran, es un órgano que no sirve.

Cuando Aznar habló de "conversar" con el Movimiento Vasco de Liberación Nacional, cuando Aznar acercó presos de ETA al Pais Vasco, cuando Aznar liberó a presos, por ejemplo Iñaki Bilbao que volvió a atentar, ninguno de estos agitadores protestó.

Otra cosa que han dicho estos agitadores e incluso Rosa Díez, es que no se cumpla esta sentencia por parte del estado español. El estado español refrendó la pertenencia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por lo que está obligado a cumplir sus dictámenes.

Un argumento empleado contra estas puestas en libertad, además de que no hayan pedido perdón, es que no han pagado suficientemente con sus condenas. No hay precio que pueda pagar la muerte de una persona, ni diez, ni veinte, ni cuarenta años, ni cadena perpetua. Lo único con que pagar una muerte es con otra muerte, y eso no se llama justicia, sino venganza. Que por otra parte en los países donde está instalada la pena de muerte para determinados delitos, no se ha demostrado que, en esos países, disminuyan esos delitos así penados.

Han aparecido varias víctimas comentando la sentencia. Unos, como es lógico, se sienten dolidos por ver que van a poner en libertad a quienes atentaron contra ellos o contra algún allegado. Otros más racionales han declarado que lo mejor es convivir y, eso sí es importante, exigir que los terroristas reconozcan que han hecho mucho daño. He oído en la televisión a Gorka Landáburu diciendo que no quiere que le pidan perdón, porque él no les va a perdonar, pero sí que los terroristas reconozcan el daño que han hecho.

Las víctimas

Oí también en televisión a un hombre, víctima del atentado de Hipercor, que estaba en una organización de este tipo. Y por opinar que la organización lo que debería ocuparse es de organizar las ayudas económicas, psíquicas y físicas a los afectados, fue expulsado de ella.

Varias de estas organizaciones se han dedicado más a actuaciones políticas que a otras cosas. La AVT por ejemplo, desde su primer presidente quedó marcada en ese sentido. Y todavía siguen en el mismo modo.

Además el PP y UPyD han utilizado algunas asociaciones de víctimas para atacar al PSOE y a los nacionalistas vascos, e incluso a los catalanes. Lo que ocurre es que en este caso han sembrado vientos y puede que recojan tempestades.

De todas formas, vuelvo a repetir, es muy difícil ponerse en el lugar de una víctima del terrorismo. Yo no sé cómo reaccionaria si lo fuera.

Lo que para mí está claro, es que una víctima de un delito nunca debe juzgar al delincuente, porque sería juez y parte. Y en democracia las sentencias deben ser justas e independientes.

14 comentarios:

  1. Gracias Manuel por la entrada. Creo que recoges muy bien todos los puntos de interés en esta polémica. Como bien dices, el Supremo es un "tuya-mía" entre el PP y el PSOE y en su día salió adelante la doctrina Parot porque había un consenso básico PP-PSOE y por tanto el Supremo obedeció la voz de los amos. Idem el Constitucional. Desde mi punto de vista, fue una decisión populista, electoralista, impulsada de cara a la galería, sabiendo que la tirarían en Estrasburgo como bien señalas. Crearon un jardín de espinas y se metieron en él, y ni PP ni PSOE sabían cómo salir. Les ha venido muy bien el fallo del TEDH: de cara a la galería se mostrarán indignados y, en privado, brindarán mientras dicen "uffff, menos mal!!". El cinismo y la hipocresía por parte del gobierno y del PP, es absoluto. La prueba de que el gobierno quería ese fallo en contra de la doctrina Parot, es que no enviaron a abogados penalistas, sino a abogados del estado: ya de antemano no forzaron nada, no fuera a ser que les saliese el tiro por la culata. La sentencia es un paso al frente para solucionar gradualmente el problema vasco y en ese sentido al PP le viene muy bien: era una patata caliente.
    Sobre esto ya haces referencia tú. Subrayaría tres cosas:
    1º) La doctrina Parot en su momento fue una herramienta política de presión contra ETA. No tiene nada que ver con la Justicia, sino que fue una medida estrictamente política encaminada a influir en el abandono de la lucha armada por parte de ETA. Y una vez que esto último se ha producido, pues se encuentran con la patata caliente de tener que desmontar la herramienta política. Los salva Estrasburgo, por mucho que rebuzne el PP en público. Habrá quien se rasgue las vestiduras con lo que voy a decir, pero opino que la doctrina Parot formó parte de la guerra sucia contra ETA.
    2ª) La demagogia del PP de seguir echándole la culpa a ZP de esto. La desvergüenza del PP en culpar de todo a ZP y al PSOE, ya no tiene límites. Son una pandilla de delincuentes políticos y de sinvergüenzas. Es difícil ser políticamente más canallas.
    3ª) Criticar al TEDH, montar el circo de la manifestación del domingo (todos sabemos que AVT es el PP, dejémonos de historias), cargar públicamente contra el fallo del TEDH (aunque en privado se alegren), supone cargar contra un principio básico de los Derechos Humanos. Asistimos en Europa, en unos sitios más que en otros, a la construcción de una nueva forma de fascismo distinta a la del siglo XX. De ahí que el neofranquismo del PP, no dude en lanzar un torpedo contra un artículo esencial de la Declaración de Derechos Humanos. Es algo muy en la línea de estos fachas.
    Por lo demás, lo de UPyD es de traca. Está claro que compite electoralmente con el PP y que da por perdido el espacio sociológico electoral de la izquierda; como mucho trata de ganarse también al sector más conservador del electorado del PSOE.
    Por último, alguna asociación de víctimas más bien lo que parece es una asociación victimista. Completamente de acuerdo contigo en lo que dices al principio. Voy más lejos: la ATV es NADIE para aspirar a imponer sus criterios en la política gubernamental: no tienen más derecho que yo o que el vecino de al lado. Nada tienen que aportar a la solución del conflicto vasco, salvo que opten por la vía que prescinda de vencedores y vencidos.

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    1. No sólo echa la culpa a ZP. Como el PP sabe que, el que piense un poquito, se dará cuenta de la falacia que es, también sus cabezas pensantes dicen que, lo de poner en libertad a los presos, es cosa de los jueces, de la Audiencia Nacional, queriendo confundir el trámite legal con el fondo.
      Que yo sepa, y lo miro bastante desapasionadamente, TODOS los presidentes de gobierno españoles han negociado con ETA. Incluso Aznar y ZP, no hay más que consultar las hemerotecas.
      Una buena explicación en imagen estáen la viñeta de Vergara: http://www.eldiario.es/vinetas/doctrina-AVT_10_189431056.html
      Como he dicho, han sembrado vientos, y empiezan a recoger tempestades.

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    2. Lo de que "han sembrado vientos, y empiezan a recoger tempestades" sintetiza en muy pocas palabras la cuestión.
      ¡¡Qué rápido han olvidado los peperos cuando Aznar hablaba de "Movimiento Vasco de Liberación" para referirse a ETA!!. Cinismo también el de uno de los organizadores del circo de este domingo que, en su momento desde la FAES, decía que la solución del conflicto vasco "tenía que producirse sin vencedores ni vencidos". ¡¡Hay que ver cómo cambian de discurso según les conviene!!

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    3. Cierto Vigne, se trata de guerra sucia. Como sabéis, siempre he sido crítica con ETA. Para mi ha utilizado el terror y no la lucha armada, dicho lo cual, quienes creemos en la democracia, no podemos aceptar la tortura, la guerra sucia y la venganza en ninguna lucha. Es lo que hace el PP. El lema de la mani de mañana es.....vencedores y vencidos............el mismo lema de quienes ganaron la guerra y llevaron a este pueblo al abismo.
      La AVT no representa a las víctimas, creo que sólo están afiliados el 20%, pero el ruido mediático es increíble. Hay más víctimas y estas no salen con la saña y el odio que salen esta gente. Y el poder que esta gente ha cogido es preocupante, a mi me gustaría saber en qué se gastan el dinero, qué pasó con Alcaráz y las denuncias de malversación de dinero. Sinceramente espero que les explote en sus morros.
      Ya están Oreja, Iturgaiz entre otros, en Estrasburgo, ¿qué han hecho? ¿Y las FAES con todos sus asesores?
      Y también tienes mucha razón cuando dices que el PP es lo peor de lo peor. Hoy Aznar dice que no va a la mani, porque quiere que sean la víctimas las protagonista........¡¡mentira!! no va porque no quiere que se le vea en público ponerse en contra de una institución europea. Sus amos no lo iban a entender.
      Y decir que la Doctrina Parot no se va a derogar, se deroga la retroactividad de la misma, esto quiere decir que se va a seguir computando con esta doctrina, quienes hayan sido condenados después de su aprobación. Se calcula que sólo se beneficiaran de ella unos 50 presos de ETA.

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  2. De los blogs que enlazamos en blogdelviejotopo, destaco dos contribuciones a este tema, que además tocan el asunto de las amenazas de muerte recibidas pro Alberto Garzón por un militante del Partido Popular:
    1.- En el blog "Rabia y Sur", el artículo de Dani Ruiz "Cinismo ilustrado: doctrina Parot y amenazas", en http://rabiaysur.blogspot.com.es/2013/10/cinismo-ilustrado-doctrina-parot-y.html
    2.- En el blog "Hijo de Fructidor", el artículo de Jesús Lacasa Vidal "Solidaridad con Alberto Garzón", en http://hijodefructidor.blogspot.com.es/2013/10/solidaridad-con-alberto-garzon.html

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  3. Para quien no conozca el trasfondo jurídico del asunto, en Internet puede localizarse en formato doc el siguiente artículo:
    CUERDA RIEZU, Antonio, “La aplicación retroactiva de las leyes favorables y el principio de legalidad penal en clave constitucional".
    El enlace de este artículo es muy largo, pero lo pongo:
    https://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&ved=0CDIQFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.fcjs.urjc.es%2Fdepartamentos%2Fareas%2Fprofesores%2Fdescarga%2Frtutsvwuu%2FRetroactividad.doc&ei=5OlqUqDvHOS24ATX5ICgCg&usg=AFQjCNGNhYF7WdWYG-qSsM7v_bzHfIoUnQ&sig2=OvgWveAHq3SM2WxorMdNAQ&bvm=bv.55123115,d.bGE
    Antonio Cuerza es Catedrático de Derecho Penal y era, al menos cuando escribió el artículo, Letrado del Tribunal Constitucional. Reproduzco un párrafo de dicho artículo:

    "Bajo un prisma histórico se observa que mientras el principio de irretroactividad de las leyes penales desfavorables aparece muy tempranamente en las primeras Declaraciones sobre derechos humanos, y además vinculado al principio de legalidad penal, no ocurre lo mismo con el principio opuesto, el de retroactividad de las disposiciones penales beneficiosas.
    En efecto, la irretroactividad de la norma penal desfavorable, o -mejor dicho- la prohibición de que ésta sea aplicada con carácter retroactivo, se encuentra ya en la Declaración francesa de Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789, en su artículo 8º . Posteriormente, en el siglo XX los textos de alcance universal o regional sobre la materia incluyen este principio con absoluta regularidad. Así ocurre con la ya cincuentenaria y hoy homenajeada Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, que inicia la costumbre de contemplar la prohibición en una doble perspectiva, la del delito y la de la pena, consecuencia de la doble garantía, criminal y penal . Continúa en 1950 con el Convenio europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 , y con la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, más conocida como “Pacto de San José de Costa Rica”

    Es decir, subrayo: "el principio de irretroactividad de las leyes penales desfavorables" que además aparece siempre "vinculado al principio de legalidad penal".

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  4. Sigo bajo la influencia de G. Büchner que decía ya hace casi 200 años:
    "desde hace siglos, la justicia es la puta de los poderosos" (refiriéndose entonces a los "Fürsten" alemanes.

    ¡Enhorabuena por esta gran entrada!

    Y para que no olvidemos de los Derechos Homanos Emergentes
    IDHC - Institut de drets Humans de Catalunya

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  5. El artículo me parece interesante, porque no estaba muy puesta en el tema. Pero si lo entiendo bien, significa que con el código penal franquista los terroristas podían redimir sus penas con el trabajo y con el nuevo código penal no. ¿Es así? Eso significaría que de alguna forma la doctrina parot es más cruel desde el,punto de vista del preso. Yo creo que más de treinta años de cárcel es inhumano, aunque condeno el terrorismo. No justifico que se pongan bombas por defender una idea política.

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    1. Básicamente el trasfondo es que con el antiguo código se aplicaban una serie de beneficios que desaparecen en el nuevo código para cierto tipo de delitos.
      El asunto importante es la vulneración del principio de irretroactividad de la norma penal desfavorable. La legalidad jurídica debe ser siempre respetada con independencia del tipo de delito y de la gravedad de los delitos. Es como si mañana se dijese: para ciertos tipos de delitos se suprime el derecho de defensa en el juicio. O que se dijese: según la alarma social que provoque un acto delictivo, se imponen penas que no figuran en el código penal. O por ejemplo que para ciertos delitos el acusado deba mostrar su inocencia, en lugar de tener que demostrarse su culpabilidad... Estamos hablando de fundamentos esenciales del Derecho moderno. Vulnerar estos principios y violar a legalidad es la puerta abierta para regresar a un sistema de justicia medieval, basado en la arbitrariedad y en la falta de garantías.
      Mucha gente no tiene esto en cuenta y se deja llevar por los sentimientos. Y ciertos medios de comunicación lo han utilizado de forma sensacionalista para vender más, porque saben que todo lo que tenga que ver con sentimientos es "carnaza" informativa.
      Al margen de todo esto y pensando ya en ciertos delitos, como por ejemplo los delitos sexuales, me pregunto si acaso todo este tema no nos obliga a plantear una cuestión que la clase política se niega a reconocer: el fracaso del sistema penitenciario, ya que no cumple con su principal cometido que es la reinserción. Todos los gobiernos que hemos tenido han mirado para otro lado en relación con este fracaso y es algo de lo que nadie quiere hablar, que la sociedad se niega a ver y que los medios de comunicación no mencionan porque no es algo que venda periódicos o que aumente la audiencia.

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    2. Lo que hicieron en el Parlamento después de 1977, con el Código Penal franquista de 1973 fue quitar la pena de muerte y la reclusión perpetua.

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  6. Saludos,

    España se ha saltado el principio de legalidad. Toda la información la tiene Europa y me refiero a que saben como el Estado ha perdonado y dado trato de favor a terroristas ultras - Hellín y general Galindo - en el cumplimiento de sus penas. Más bien, incumplimiento.

    Era una sentencia lógica. No hacía falta estar adscrito a ninguna ideología para dictarla en el sentido del fallo.

    Pero yo quiero llamar la atención sobre otro punto: nuevamente el T Constitucional, que está para garantizar derechos constitucionales y las garantías de los penados - dio por buena la doctrina Parot.

    Sé que ha habido varias sentencias del TC restrictivas de los derechos humanos. Si falla el TC, falla todo. El TC se comporta como un órgano político. Como el eco del legislador y del juez en determinados temas. Gloria a la separación de poderes.

    Por otro lado quiero reseñar que hay otro pronunciamiento judicial relevante que no quiero comentar en este Blog y que circularé por vías más personales por razones obvias.

    Saludos a todos,

    Republicaine

    ......

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    1. Ya lo he señalado en la entrada. El Consejo General del Poder Judicial, El Tribunal Supremo y el Tribunal Constitrucional, son órganos políticos, sus miembros son elegidos por cuotas sobre todo entre los que presentan el PP y el PSOE. Por lo tanto lo normal, pocas veces falla, es que obedezcan las políticas de sus partidos proponentes.
      Claramente los que he nombrado más arriba no son independientes.

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  7. Los que piden que no se cumpla la sentencia del Tribunal de Estrasburgo. Parece que ignoran el art. 10.2 de la Constitución Española:
    'Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la
    Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración
    Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las
    mismas materias ratificados por España.'.
    Y España ratificó el tratado.

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  8. A mi,que me parta un rayo,considero que la ley más justa es la ley de l talion,Que bien se verían caminando por Estrasburgo a los naxis que mataron indiscriminadamente,a Alemanes,Españoles,Polacos,EL COPON DIVINO.El gobierno tenia que haber dicho,NO o ponerle querella.

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